(a) Se dispone que la Carretera PR-503, que transcurre por los municipios de Ponce y Adjuntas, se designe como “Carretera David Medina Feliciano”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección.