§ 190a. Centro Gubernamental Angel Hernández Alvarez

PR Laws tit. 23, § 190a (2018) (N/A)
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(a) Se designa con el nombre de Profesor Angel Hernández Alvarez el Centro Gubernamental de Añasco, y se exime tal designación de las disposiciones de las secs. 178 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.

(b) El Centro Gubernamental de Añasco se identificará con el nombre de Profesor Angel Hernández Alvarez.

(c) Los gastos a incurrirse por la rotulación del edificio podrán ser sufragados con aportaciones privadas, municipales, estatales o federales.