(a) Se declara monumento histórico el edificio que alberga la Institución de Retiros Espirituales más antigua en Puerto Rico, Casa Manresa, localizada en el Municipio de Aibonito.
(b) La Junta de Planificación, en coordinación con y el asesoramiento del Instituto de Cultura Puertorriqueña y la Oficina Estatal de Preservación Histórica, tomará las medidas necesarias para dar fiel cumplimiento a las disposiciones de esta sección e incluirá a la institución de Retiros Espirituales más antigua en Puerto Rico, Casa Manresa, en su lista de Sitios y Lugares Históricos, a tenor con las disposiciones de la legislación y reglamentos vigentes.