(a) Para designar el nuevo desvío de Orocovis, que conecta las carreteras PR-155 y PR-156, con el nombre de Jesús M. “Tito” Colón Collazo.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 a 182 de este título.