(a) Se dispone que el anfiteatro ubicado en el Parque Luis Muñoz Marín de San Juan sea designado como “Anfiteatro Tito Puente”.
(b) El Departamento de Recreación y Deportes el Fideicomiso de Parques de Puerto Rico y el Instituto de Cultura Puertorriqueña tomarán las medidas necesarias para llevar a cabo una actividad oficial en ocasión de la fecha de la designación.