(a) Se dispone que la Carretera Número 5, localizada en la Urbanización Industrial Luchetti del Municipio de Bayamón, en lo sucesivo sea denominada “Carretera Prudencio Unanue”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección.