(a) Se designa la estación del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico del Municipio de Barceloneta como “Estación de Bomberos Teniente Edwin Torres Cubano”.
(b) El Cuerpo de Bomberos adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento a los propósitos de esta sección incluyendo, pero no limitado, a la nueva identificación y rotulación de la estructura aquí designada.
(c) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, en un término no mayor de treinta (30) días naturales, luego de aprobada la misma.