(a) Se redenomina la Avenida José Ferrer del Municipio de San Juan con el nombre de Avenida Miramar.
(b) El Departamento de Transportación y Obras Públicas y el Municipio de San Juan tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 et seq. de este título, conocidas como “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.