(a) Se denomina el tramo del lado oeste de la Casa Olímpica, que colinda con las instalaciones del Centro de Recepciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, entre las Avenidas Ponce León y Constitución, con el nombre de “Pierre de Coubertin”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Gobierno de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta sección, según lo dispuesto en las secs. 178 et seq. de este título.