(a) Se designa la Carretera Estatal PR-957, que ubica en el Municipio de Canóvanas, así como el tramo de la Carretera Estatal PR-186 que transcurre desde la intersección con la señalada PR-957, hasta la intersección con la PR-3 en el Municipio de Río Grande, como “Ruta Escénica Mirador de El Yunque”.
(b) La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación tomarán las medidas necesarias para dar cumplimiento con las disposiciones de esta sección, sin sujeción a lo dispuesto en las secs. 178 et seq. de este título, conocidas como la “Ley de la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas”.