§ 52. Fianzas—Procedimiento judicial

PR Laws tit. 22, § 52 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Toda acción judicial que se inste bajo las secs. 47 a 58 de este título podrá tramitarse de acuerdo con lo dispuesto por la Ley Núm. 10 aprobada en 14 de noviembre de 1917, según enmendada; y podrán acumularse en una sola querella todas las reclamaciones por concepto de sueldos y jornales, y en otra todas las reclamaciones por concepto de materiales, equipo y herramientas suplidos, vendidos o entregados para la misma obra.