(a) Mantener un estricto sistema de contabilidad sobre los fondos recibidos, sus usos y sobrantes de acuerdo a las prácticas reconocidas de contabilidad pública.
(b) Depositar los dineros en una cuenta bancaria no más tarde del día laborable siguiente a su recibo.
(c) Requerir por lo menos dos (2) firmas para girar contra dicha cuenta.
(d) Designar un oficial contable, quien tendrá la responsabilidad de recibir, contabilizar y hacer los desembolsos de dinero, así como de guardar todos los comprobantes y documentos relacionados. Esta persona tendrá la obligación legal de velar que se conserven los récord y documentos correspondientes para preparar y sostener los informes de ingresos y gastos que deben rendirse a la asamblea general de miembros.
(e) Hacer desembolsos solamente mediante cheque y para el pago de órdenes de compra, facturas, nóminas, servicios u otros gastos necesarios directamente relacionados con las actividades de la asociación.
(f) No se girarán cheques al portador, ni se efectuarán pagos en efectivo con cargo a los fondos de la asociación.
(g) Mantener un libro de las minutas de las asambleas generales y de las reuniones de la Junta de Directores en las que se resuman, entre otras, las decisiones o resoluciones referente al uso y disposición de los fondos de la asociación.
(h) Conservar actualizados y debidamente archivados en un lugar seguro los cheques, facturas, órdenes de compra y de pago de servisios, nóminas, récord, actas y cualesquiera otros documentos relacionados con los fondos durante el término que se establezca en el reglamento de la asociación que no podrá ser menor de cinco (5) años.