(a) La autorización al municipio para que imponga una contribución especial sobre toda la propiedad inmueble ubicada en la zona o el distrito, la cual será adicional a cualquier otra impuesta por ley para desarrollar las obras o mejoras de beneficio para toda la zona o distrito;
(b) los propósitos u obras que se sufragarán con el producto de dicha contribución;
(c) la tasa o canon contributivo a imponerse;
(d) el término por el cual se impondrá la contribución especial.