La asociación seleccionará una Junta de Directores de entre sus miembros debidamente reunidos en asamblea general.
La Junta de Directores será responsable de tomar las decisiones de carácter administrativo relacionadas con el funcionamiento de la Asociación y de velar que se cumplan los acuerdos de la asamblea general. Los acuerdos de la Junta de Directores se tomarán por la mayoría del total de miembros con voz y voto. Esta se reunirá por lo menos una vez cada tres (3) meses mediante convocatoria al efecto firmada por su presidente.
La Junta de Directores podrá contratar a nombre de la Asociación los servicios necesarios para la ejecución de los proyectos, con cargo a los fondos asignados para su desarrollo. Los gastos operacionales que se incurran en el seguimiento de las obras y programas no podrán exceder del diez por ciento (10%) de los fondos que se hayan podido recaudar para su ejecución. Ni la Asociación ni su Junta de Directores podrán asignar fondos para donativos a campañas cívicas, políticas, religiosas o gremiales, o para cabildeo, gastos de viaje o de representación.