(a) Preparar y revisar Planes de Ordenación, y efectuar todas las actividades necesarias para la eficaz ejecución de estos procesos.
(b) Celebrar vistas públicas relacionadas con los Planes de Ordenación y efectuar todas las actividades incidentales a las mismas.
(c) Supervisar el desarrollo y cumplimiento de los Planes de Ordenación.
(d) Recopilar y actualizar información, así como mantener expedientes, relacionados con la ordenación territorial del municipio.
(e) Apoyar, mediante el asesoramiento técnico, a las Juntas de Comunidad para que cumplan adecuadamente con sus deberes.
(a) Tramitar solicitudes de autorizaciones y permisos de conformidad a las facultades transferidas al municipio mediante convenio.
(b) Mantener un expediente de cada solicitud de autorización y permisos, así como de las determinaciones tomadas al respecto.
(c) Celebrar vistas públicas relacionadas con la otorgación de autorizaciones o permisos y efectuar todas las actividades incidentales a las mismas.
(d) Promover el inicio de acciones legales, ya sean administrativas o judiciales, para procesar las violaciones o querellas relacionadas con las facultades transferidas al municipio mediante convenio.