§ 4599. Prohibición de discrimen

PR Laws tit. 21, § 4599 (2018) (N/A)
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No se podrá establecer, en la implantación u operación de las disposiciones de este capítulo, discrimen alguno por motivo de la raza, color, sexo, nacimiento, orientación sexual, identidad de género, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas.