§ 4573. Ahorros y retiro

PR Laws tit. 21, § 4573 (2018) (N/A)
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Los empleados municipales tendrán derecho a acogerse a los beneficios de las secs. 862 et seq. del Título 3, que crean el Fondo de Ahorro y Préstamo de la Asociación de Empleados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Asimismo, a los de las secs. 761 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de los Sistemas de Retiro de los Empleados del Gobierno de Puerto Rico y sus Instrumentalidades” o a cualquier sistema de pensiones o retiro subvencionado por el Gobierno de Puerto Rico a que estén cotizando a la fecha de aprobación de esta ley.