(a) Condiciones generales para ingreso.— Se establecen las siguientes condiciones generales para ingreso al servicio público municipal:
(1) Estar física y mentalmente capacitado para desempeñar las funciones del puesto.
(2) Ser ciudadano de los Estados Unidos de América, de Puerto Rico o extranjero legalmente autorizado a trabajar en los Estados Unidos de América.
(3) No haber incurrido en conducta deshonrosa.
(4) No haber sido destituido del servicio público por causa que le inhabilite.
(5) No haber sido convicto de delito grave o por cualquier otro delito que implique depravación moral o infracción de los deberes oficiales.
(6) No ser adicto al uso habitual y excesivo de sustancias controladas o bebidas alcohólicas.
(7) No haber sometido o intentado someter información falsa o engañosa en solicitudes de examen o de empleo.
(b) Requisitos mínimos.— Los requisitos mínimos para ocupar cada puesto se establecerán a base de las cualificaciones establecidas en las especificaciones de la clase de puesto. En todo momento los requisitos deberán estar directamente relacionados con las funciones de los puestos.
(c) Aviso público de las oportunidades de empleo.— El alcalde divulgará las oportunidades de empleo por los medios de comunicación que mejor se ajusten a las circunstancias del municipio y según se disponga mediante reglamento.
(d) Proceso de competencia y reclutamiento.— El proceso de reclutamiento se llevará a cabo de forma sistemática y objetiva mediante un proceso de competencia en virtud del cual los aspirantes a puestos compitan, en igualdad de condiciones, mediante exámenes para cada clase, tales como: pruebas escritas, orales, de ejecución o evaluaciones objetivas de la preparación académica y la experiencia de los aspirantes.