§ 4553. Sistema de Personal—Composición

PR Laws tit. 21, § 4553 (2018) (N/A)
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(a) Servicio de confianza.— El servicio de confianza estará constituido por puestos cuyos incumbentes intervengan o colaboren sustancialmente en el proceso de formulación de política pública, asesoren directamente, o presten servicios directos al alcalde o al Presidente de la Legislatura.

(b) Servicio de carrera.— El servicio de carrera comprenderá todos los demás puestos del municipio, excepto los puestos transitorios e irregulares.

(c) Nombramientos transitorios.— Los empleados transitorios serán aquellos que ocupan puestos de duración fija en el servicio de carrera, creados en armonía con las disposiciones de este subtítulo. Se podrán realizar nombramientos transitorios en puestos permanentes del servicio de carrera o de confianza cuando el incumbente se encuentre disfrutando de licencia sin sueldo. Se podrán efectuar nombramientos transitorios en puestos permanentes de carrera, según se determine mediante reglamento.

(d) Nombramiento irregular.— Dentro de los nombramientos irregulares se incluirán aquellas funciones de índole imprevistas, temporeras o intermitentes, cuya naturaleza y duración no justifique la creación de puestos y cuya retribución sea conveniente pagar por hora o por día.

(e) Los empleados de las franquicias o empresas municipales serán nombrados sin sujeción a la Ley de Municipios Autónomos y la Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público, por lo que no serán considerados como empleados públicos mientras ocupen dichas posiciones y les serán aplicables las leyes y normas que aplican a los empleados del sector privado.