(1) Intereses, amortizaciones y retiro de la deuda pública municipal;
(2) otros gastos y obligaciones estatutarias;
(3) el pago de las sentencias de los tribunales de justicia;
(4) la cantidad que fuere necesaria para cubrir cualquier déficit del año fiscal anterior;
(5) los gastos a que esté legalmente obligado el municipio por contratos ya celebrados;
(6) mejoras permanentes;
(7) la compra y reparación de equipo;
(8) la celebración de las fiestas patronales o días festivos, cuando se haya provisto una cuenta separada para su celebración en la resolución del presupuesto general de gastos, y
(9) las retenciones que haga el Centro en cobro de deudas estatutarias o contractuales contraídas con el Gobierno Central.