§ 4105. Vacantes—Otras causas; procedimiento

PR Laws tit. 21, § 4105 (2018) (N/A)
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Toda vacante ocasionada por muerte, destitución, incapacidad total y permanente o por cualquier otra causa que ocasione una vacante permanente en el cargo de alcalde será cubierta en la forma dispuesta en la sec. 4104 de este título.

En todo caso, la persona que sea seleccionada para cubrir la vacante del cargo de alcalde deberá reunir los requisitos establecidos en la sec. 4101 de este título. Esta ocupará el cargo de alcalde inmediatamente después de su selección y lo ejercerá por el término no cumplido del que ocasione la vacante.