§ 3052. Fuera de Puerto Rico—Información adicional

PR Laws tit. 20, § 3052 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

De ser necesario y cuando el Secretario de Asuntos del Consumidor así lo justifique, el Departamento de Estado prestará la asistencia necesaria para que el Departamento de Asuntos del Consumidor obtenga cualquier información adicional pertinente, de aquellas corporaciones o negocios ubicados en países extranjeros y que se dediquen a vender en Puerto Rico, bienes inmuebles localizados en el extranjero.