§ 3051. Fuera de Puerto Rico—Informe semestral

PR Laws tit. 20, § 3051 (2018) (N/A)
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El corredor de bienes raíces, durante la primera semana de cada semestre del año, someterá al Departamento de Asuntos del Consumidor un informe de todas las ventas efectuadas a residentes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico durante el semestre anterior. Dicho informe deberá ser una declaración jurada suscrita ante notario público donde se incluya el nombre y dirección de los compradores, localización exacta, correspondiente a cada bien inmueble; el precio de venta, el monto de los anticipos, depósitos, comisiones y demás condiciones de la venta del financiamiento; y cualquier otra información necesaria, para mantener al Departamento de Asuntos del Consumidor completamente informado sobre toda transacción de este tipo llevada a cabo en Puerto Rico.