§ 3557. Registro de Geólogos

PR Laws tit. 20, § 3557 (2018) (N/A)
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(a) Nombre, edad y dirección residencial y postal del profesional inscrito en el mismo;

(b) fecha de la solicitud de registro;

(c) número de registro de la solicitud y, posteriormente, el de la licencia;

(d) descripción de la preparación académica y la experiencia profesional del solicitante;

(e) fecha en que la Junta tomó la acción correspondiente a la solicitud;

(f) firma de la persona admitida a ejercer la profesión, quien deberá consignar la misma cuando se le entregue la licencia, y

(g) cualquier otra información que por reglamentos determine la Junta.