La Junta expedirá una licencia provisional para practicar, bajo la supervisión médica y la supervisión de un técnico de cuidado respiratorio licenciado, a toda persona que solicite y sea admitida por primera vez a examen. La licencia provisional quedará cancelada luego de transcurrir seis (6) meses de ser expedida, pero podrá ser renovada dos (2) veces como máximo. Para tener derecho a ello, el solicitante vendrá obligado a tomar el examen por lo menos una vez al año en términos consecutivos.
La Junta podrá dispensar al candidato de tomar el examen en forma consecutiva cuando medien circunstancias que lo ameriten.