§ 3403. Junta Examinadora—Miembros; requisitos

PR Laws tit. 20, § 3403 (2018) (N/A)
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Las personas nombradas para integrar la Junta deberán ser mayores de veintiún (21) años, ciudadanos de los Estados Unidos de América y haber residido en Puerto Rico por un período no menor de tres (3) años antes de ser nombrados, tener la preparación académica necesaria y haber sido admitidos a la práctica de su profesión y gozar de buena conducta.