§ 10. Sesión conjunta; mensaje del Gobernador

PR Laws tit. 2, § 10 (2018) (N/A)
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A la hora de las diez de la mañana del día siguiente al determinado en la sec. 1 de este título, el Senado y la Cámara de Representantes celebrarán una sesión en pleno, bajo la presidencia del Presidente del Senado, o en caso de ausencia o incapacidad de éste, del Presidente de la Cámara, quien inmediatamente informará al Gobernador que la Asamblea Legislativa está preparada para recibir cualquier mensaje que tuviere a bien dirigirle.