§ 3878. Informe de integración

PR Laws tit. 18, § 3878 (2018) (N/A)
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Se ordena al Administrador de la Administración de Rehabilitación Vocacional que someta al Gobernador, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la Asamblea Legislativa un Informe de Integración en el que se detallen los resultados de la integración del Programa dentro de la Administración, la redistribución de los recursos, y cualquier otra información solicitada por la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Dicho informe debe ser presentado durante los treinta (30) días siguientes al cierre del Año Fiscal 2014-2015.