§ 973. Bibliotecas públicas municipales—Reglamentación

PR Laws tit. 18, § 973 (2018) (N/A)
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Se faculta al Secretario de Educación para adoptar los reglamentos que fueren necesarios para el funcionamiento de las secs. 969 a 973 de este título, los cuales reglamentos tendrán fuerza de ley una vez promulgados por el Secretario de Estado.