§ 670. Adquisición de bienes muebles e inmuebles

PR Laws tit. 18, § 670 (2018) (N/A)
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Para llevar a efecto las funciones y cumplir con los fines de la Ley Núm. 135 de 7 de mayo de 1942, la Universidad de Puerto Rico tendrá derecho a adquirir bienes muebles o inmuebles por compra, permuta, donación, legado, expropiación forzosa o cualquier otro medio legal a su alcance.