El Gobierno de Puerto Rico, mediante el método o acuerdo que use, edificará toda nueva escuela aplicando el concepto de climatización, según el mismo está definido en el inciso (f) de la sec. 126c de este título. Además, toda nueva escuela contará, cuando ello sea técnica y económicamente factible, con un sistema de recolección y almacenamiento de agua que suplirá la necesidad de agua de sus baños.