§ 576. Enseñanza de la moral en las escuelas públicas—Cooperación con las Asociaciones de Padres y Maestros y con otras organizaciones

PR Laws tit. 18, § 576 (2018) (N/A)
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Será también deber de los encargados de dirigir este trabajo, contando especialmente para ello con la ayuda y cooperación de las asociaciones locales de padres y maestros y de la Liga Estadual de estas asociaciones, organizar conferencias para la instrucción moral y cívica de los padres de los alumnos que asisten a las escuelas públicas, y también difundir estas enseñanzas mediante discusiones de grupos organizados dentro o fuera de las escuelas, utilizando cuantas veces sea posible, la radio y la prensa del país para fomentar así el mejoramiento cívico y moral de todo el pueblo, con la ayuda y cooperación de la Escuela del Aire y del Negociado de Adultos del Departamento de Educación.

Será además deber del Supervisor de Educación Moral y de Relaciones Sociales que se designe coordinar, propulsar y encauzar, desde el Departamento de Educación, las actividades que en relación con las escuelas realizan y llevan a cabo las asociaciones de padres y maestros en todo el Estado Libre Asociado, la Cruz Roja Juvenil, los Niños y Niñas Escuchas, y cualquier otra organización de actividades extracurriculares que exista o que en adelante se cree, para el mejor desarrollo y bienestar de los niños y las escuelas públicas de Puerto Rico.