§ 1033. Exención de contribuciones

PR Laws tit. 17, § 1033 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Las propiedades subsidiadas al amparo de este capítulo estarán exentas del pago de contribuciones sobre la propiedad mientras estén ocupadas por el beneficiario original, sus herederos legítimos o un ocupante posterior aprobado por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico.