Las escrituras traslativas del dominio así como la de constitución de hipoteca que se origen de la primera venta de las viviendas construidas al amparo de este capítulo, serán inscribibles en el Registro de la Propiedad libre del pago de los derechos provistos por la Ley Notarial y por la Ley que establece al arancel del Registro de la Propiedad.