La Comisión diseñará y preparará la papeleta a usarse en todo referéndum, consulta o plebiscito conforme se establezca en la ley especial que lo origina. La misma contendrá el texto, en inglés y español, de la propuesta a someterse en la consulta o votación tal como éste aparezca redactado en dicha ley. En ausencia de que el diseño se disponga mediante ley especial, la Comisión establecerá el diseño por reglamento.