(a) Tomar notas, redactar y preparar las actas o minutas de las reuniones de la Comisión, así como certificar las mismas;
(b) certificar, compilar, notificar y publicar las resoluciones, órdenes, opiniones y determinaciones de la Comisión;
(c) recibir los escritos, documentos, notificaciones y otros que puedan presentarse ante la consideración y resolución de la Comisión;
(d) notificar a la Comisión, no más tarde de la sesión inmediatamente siguiente a su recibo, los documentos, escritos, apelaciones, notificaciones y otros presentados ante el Secretario;
(e) notificar a las partes interesadas de las resoluciones, órdenes, determinaciones y actuaciones de la Comisión a través de los medios correspondientes;
(f) expedir certificaciones y constancias de los documentos, opiniones y otras determinaciones de la Comisión;
(g) custodiar y mantener adecuadamente ordenados todos los expedientes y documentos de naturaleza electoral;
(h) presentar y mostrar los expedientes y documentos de naturaleza electoral a toda persona que así lo solicite, observando en todo momento, que no se alteren, mutilen o destruyan y sin permitir que se saquen de su oficina;
(i) tomar juramentos respecto de asuntos de naturaleza electoral;
(j) realizar cualesquiera otros actos y cumplir con aquellas otras obligaciones necesarias para el cabal desempeño de sus funciones, así como aquellas que por ley, reglamento u orden de la Comisión se prescriban, y
(k) delegar, con el consentimiento de la mayoría de los Comisionados y del Presidente de la Comisión, cualquier función y deberes a los Subsecretarios.