§ 4015. Jurisdicción y procedimientos

PR Laws tit. 16, § 4015 (2018) (N/A)
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(a) La Comisión tendrá la facultad para realizar una investigación con relación a una queja o querella jurada presentada en la Secretaría. Además, podrá celebrar audiencias sobre el asunto objeto de investigación. La Comisión podrá delegar en otros funcionarios de la Comisión estas facultades tales como vicepresidentes o comisionados alternos o personas seleccionadas por unanimidad de los[(las)] Comisionados(as). La Comisión deberá notificar a las partes sobre la celebración de las audiencias dentro de los términos que por reglamento se prescriban.

(b) La Comisión deberá resolver aquellos asuntos y controversias ante su consideración dentro de un término no mayor de los treinta (30) días siguientes a su presentación ante la Comisión o en la Secretaría. No obstante, este término será de cinco (5) días si el asunto o controversia fuere presentado entre los treinta (30) y los cinco (5) días anteriores a una elección.

(c) Todo asunto o controversia que surja dentro de los cinco (5) días previos a la celebración de una elección deberá resolverse al día siguiente de su presentación en los cuatro (4) días anteriores a la víspera de la elección. No obstante, todo asunto o controversia presentada en cualquier momento en la víspera de una elección deberá resolverse no más tarde de las seis (6) horas siguientes a su presentación y dentro de la hora siguiente de presentarse el mismo día de la elección.