§ 1159. Junta de Fiduciarios—Funcionamiento

PR Laws tit. 15, § 1159 (2018) (N/A)
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Ocho (8) miembros de la Junta, de los cuales por lo menos tres (3) deberán ser miembros ex officio, constituirán quórum para llevar a cabo las reuniones de la Junta. Las decisiones irán tomadas por la votación afirmativa de seis (6) miembros para efectos de conducir los asuntos y ejercer los poderes y deberes de la Junta; teniendo cada fiduciario el derecho a ejercer un solo voto.