§ 361. Gravámenes por contribuciones, créditos hipotecarios y créditos refaccionarios

PR Laws tit. 13, § 361 (2018) (N/A)
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Por la presente se declaran gravámenes preferentes a toda otra carga o gravamen por contribuciones o por cualquier otro concepto, los créditos hipotecarios y los créditos refaccionarios, con excepción de las contribuciones sobre la propiedad gravada por cinco (5) años y la anualidad corriente.