Los funcionarios y empleados del Departamento de Hacienda que ejerciendo sus funciones por autoridad de las secs. 31601 et seq. de este título cometan actos constitutivos de delito, según tipificados por el Código Penal de Puerto Rico de 2004, secs. 4629 et seq. del Título 33, estarán sujetos, además, a las sanciones disciplinarias que disponga el Secretario mediante reglamento.