§ 30540. Determinación de la base de las cuentas internas de capital por el pago de certificados de membresía mediante aportación de propiedad

PR Laws tit. 13, § 30540 (2018) (N/A)
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(a) Regla general.— La base de las cuentas internas de capital de los miembros ordinarios, extraordinarios o corporativos, con respecto al pago de los certificados de membresía en una corporación especial mediante aportación de propiedad, será la base ajustada de dicha propiedad para el miembro de que se trate al momento de la aportación.

(b) Excepciones.—

(1) Propiedad depreciada flexiblemente.— Cuando la propiedad aportada a la corporación especial haya sido depreciada flexiblemente, la base de la cuenta interna de capital del miembro ordinario, extraordinario o corporativo será igual a la base ajustada flexiblemente (según éste se define en la sec. 30181(d)(2) de este título) de la propiedad aportada, aumentada por la ganancia o disminuida por la pérdida reconocida en la aportación.

(2) Propiedad depreciada aceleradamente.— Cuando la propiedad aportada a la corporación especial haya sido depreciada aceleradamente, la base de la cuenta interna de capital del miembro ordinario, extraordinario o corporativo será igual a la base de la propiedad aportada, disminuida por la depreciación reclamada bajo el método de depreciación acelerada, aumentada por la ganancia o disminuida por la pérdida reconocida en la aportación.

(3) Propiedad sujeta a gravamen.— Cuando la propiedad aportada a la corporación especial esté sujeta a una obligación o gravamen de la cual se libera el transmitente, la base de la cuenta interna de capital del miembro ordinario, extraordinario o corporativo será la base ajustada de dicha propiedad para el miembro de que se trate al momento de la aportación, aumentada por la ganancia reconocida al miembro aportador o disminuida por el monto de la parte de la obligación o gravamen de la cual es liberado dicho miembro en la aportación.