En el caso de una compañía de seguros de vida, el término “ingreso bruto” significa el monto bruto de las ganancias obtenidas en la venta de bienes de la compañía; pero no incluye los ingresos recibidos durante el año contributivo procedentes de intereses, dividendos y distribuciones por concepto de ganancias de capital efectuadas por una compañía inscrita de inversiones y rentas.
Disponiéndose, que en el caso de las ganancias netas de capital realizadas en la venta o permuta de activos mantenidos en cuentas separadas bajo los términos y condiciones dispuestos por el Código de Seguros de Puerto Rico sólo se incluirá en el ingreso bruto aquellas ganancias netas de capital atribuibles a los riesgos no cedidos a otras aseguradoras durante el año contributivo. Además, en el caso de las ganancias netas de capital realizadas en la venta o permuta de activos mantenidos en cuentas separadas se concede una deducción por reserva para el pago de beneficios, la cual nunca será mayor que las ganancias netas de capital incluidas en el ingreso bruto menos el cargo por concepto de servicio y mortandad atribuibles y cargados directamente sobre dichas ganancias.