Las tres Ramas de Gobierno y las agencias o corporaciones públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo la Universidad de Puerto Rico, deberán orientar a sus empleados sobre las disposiciones de este capítulo. A tales efectos deberán colocar permanentemente en un lugar visible y accesible para todos los empleados, y/o en la página cibernética de dicha dependencia gubernamental, un documento que contenga la siguiente información: un resumen conciso y sencillo sobre el contenido de este capítulo, el incentivo que se ofrece y sus requisitos de elegibilidad.
Las instituciones universitarias localizadas en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico deberán orientar a sus estudiantes sobre las disposiciones de este capítulo. A tales efectos deberán colocar permanentemente en un lugar visible y accesible para todos sus estudiantes, y/o en la página cibernética de dicha institución universitaria, un documento que contenga la siguiente información: un resumen conciso y sencillo sobre el contenido de este capítulo, el incentivo que se ofrece y sus requisitos de elegibilidad.