Además de cualesquiera otros requisitos que se dispongan por reglamento, toda persona que desee acogerse a los beneficios de este capítulo deberá mantener una contabilidad completa y detallada donde se determinen los ingresos y desembolsos de las operaciones normales y de la programación nueva. También llevará los récords y certificará la condición de puertorriqueño de los artistas, músicos y literatos beneficiados, conforme dichos términos se definen en este capítulo.