§ 10610. Penalidades

PR Laws tit. 13, § 10610 (2018) (N/A)
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Además de lo dispuesto en la sec. 10608 de este título, el Secretario de la Vivienda podrá imponer a cualquier persona que infrinja cualquiera de las disposiciones de este capítulo o de los reglamentos promulgados al amparo del mismo, una multa administrativa no menor de cinco mil dólares ($5,000), ni mayor de cien mil dólares ($100,000), por cada infracción.