§ 113j. Divulgación del plan

PR Laws tit. 13, § 113j (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Los hechos materiales que demuestran las razones del peticionario para sostener que el plan utiliza de manera justa el valor de los activos del peticionario o sus ingresos para maximizar el repago de las reclamaciones de manera consistente con el desempeño de las funciones públicas o de alguna otra manera fomentando la creación de empleos, el comercio o la educación. Cualquier información confidencial o propietaria podrá ser eliminada de cualquier divulgación que se haya hecho;

(1) El trato de cada grupo de acreedores afectados bajo el plan y cualquier información financiera material razonablemente necesaria para que los acreedores afectados entiendan cuál será su futuro recobro, si alguno, bajo el plan, y

(2) otra información, si alguna, necesaria para proveer información adecuada de cualquier tipo, y en suficiente detalle, hasta el punto que sea razonablemente factible a la luz de la naturaleza e historia del peticionario y la condición de los libros y récords del peticionario, que habilitarían a un acreedor hipotético en el grupo relevante para hacer un juicio informado sobre el plan, pero información adecuada no incluirá información sobre cualquier otro plan posible o propuesto.