§ 640. Brozas, ramas y leñas

PR Laws tit. 12, § 640 (2018) (N/A)
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Las brozas, ramas y leñas que vayan flotando en las aguas o sean depositadas por ellas en el cauce o en terrenos de dominio público son del primero que las recoge; las dejadas en terreno de dominio privado son del dueño de las fincas respectivas.