§ 636. Terrenos que quedan aislados en los cauces

PR Laws tit. 12, § 636 (2018) (N/A)
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Si la porción conocida de terreno segregado de una ribera queda aislada en el cauce, continúa perteneciendo incondicionalmente al dueño del terreno de cuya ribera fue segregada.

Lo mismo sucederá cuando dividiéndose un río en arroyos circunde y aísle algunos terrenos.