§ 263. Protección y mantenimiento de la salud oral

PR Laws tit. 12, § 263 (2018) (N/A)
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A fin de promover la salud pública por medio de la protección y mantenimiento de la salud oral, el Departamento de Salud deberá adoptar aquellas normas y procedimientos en conformidad con las secs. 405 et seq. de este título, mejor conocidas como “Ley para Proteger la Pureza de las Aguas Potables de Puerto Rico”, y de la legislación o reglamentación federal aplicable para regular la fluoruración de los sistemas públicos de agua en Puerto Rico.