El Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales designará un Coordinador [quien] será responsable del funcionamiento del Programa y ejercerá las funciones dispuestas en este capítulo y las que le sean asignadas o delegadas por el Secretario.
El Coordinador deberá ser una persona de reconocida integridad moral y de comprobada experiencia y conocimiento en la materia cubierta por este capítulo.
El Secretario proveerá al Coordinador todos los recursos y personal necesarios para el funcionamiento efectivo del Programa y para el adecuado cumplimiento de este capítulo.